1. ¿Cuántos árboles hay en el espacio público de Bogotá?

Según el Sistema de Información para la Gestión del Arbolado Urbano (SIGAU), la capital cuenta con 1.650.253 árboles censados en el espacio público del perímetro urbano.

 

2. ¿Cuál es la entidad encargada de generar los permisos para el manejo del arbolado en Bogotá?

Bogotá tiene un área urbana y una rural. En la rural, la competencia la maneja la CAR, y en la urbana todos los permisos de arbolado por manejo o emergencia, tanto en predios públicos como privados, los genera la Secretaría Distrital de Ambiente (SDA).

 

3. ¿Cuáles entidades se encargan del manejo del arbolado en la ciudad?

Varias entidades del Distrito se encargan del manejo de las coberturas vegetales de la ciudad, dependiendo del escenario en el que se encuentren los árboles:

  • EAAB: ejecuta labores de poda y tala en los árboles y arbustos ubicados en rondas hídricas de ríos, quebradas y canales.
  • JBB: manejo de la vegetación en espacio público no administrado (plantación, manejo del riesgo, manejo integrado de plagas y enfermedades). Podas de arbolado menor a dos metros.
  • IDRD: arbolado ubicado en parques.
  • ENEL-Codensa: poda, tala, bloqueo o traslado de los árboles que representen para su ejecución riesgo eléctrico. Árboles que hagan contacto con las luminarias del alumbrado público.
  • Empresas de servicios públicos de aseo (UAESP y operadores de aseo): podas aéreas de arbolado con altura superior a dos metros ubicado en el espacio público.
  • IDU: en coordinación con JBB, realiza podas de raíz en los árboles que causen alguna afectación en la malla vial. Esta entidad solo hace tala, traslado y plantación en proyectos viales.
  • Alcaldías locales: encargadas de la tala de cercas vivas y setos en espacio público en procesos de restitución.
  • Los ciudadanos que tengan árboles, arbustos, palmas en espacios privados, son los encargados de su manejo, con previa autorización de la SDA.

(*) Fuente Decreto 531 de 2010, modificado por el Decreto 383 de 2018.

 

 

4. ¿Quién se encarga de decidir si un árbol debe ser talado?

 

La entidad encargada de realizar evaluación del estado del arbolado urbano en Bogotá es la Secretaría Distrital de Ambiente (SDA), que en una visita al lugar donde se encuentra el árbol, realiza una valoración técnica y determina el tratamiento a realizar (poda, tala, traslado, tratamiento integral).

Si el árbol se encuentra ubicado en espacio público, la SDA remite el concepto técnico a la entidad competente para que realice el tratamiento propuesto; si el árbol se encuentra en espacio privado, el propietario del predio deberá asumir los costos del tratamiento.

 

5. ¿Cuándo se debe talar un árbol?

  • Cuando el árbol genera alguna amenaza para la vida de las personas o puede afectar sus bienes;
  • Por razones de ubicación, estado físico o sanitario;
  • Aquellos que causen perjuicio a la estabilización de los suelos, canales de agua o infraestructura;
  • Por la realización de obras de infraestructura (en este caso, el solicitante radicará el proyecto a desarrollar y la SDA emitirá el acto administrativo a la intervención).

 

6. ¿Cómo identificar un árbol que se puede caer?

Un árbol en riesgo puede presentar varias características:

  • Presenta inclinación del tronco superior a 40 grados.
  • Grietas y rajaduras en el tronco.
  • Cavidades, hongos o pudrición en el tronco o ramas.
  • Daños en sus raíces por obras de infraestructura.
  • Encharcamientos permanentes en la base del árbol.
  • Presenta daños por causa de un choque.
  • Rupturas o afectaciones en sus ramas o tronco por intervenciones humanas.

 

7. ¿A dónde tengo que llamar para reportar un árbol en riesgo (inclinado, rajado, podrido, con la base encharcada, etc)?

Se debe llamar a la línea 123 y reportar el evento. En ese momento se activa el protocolo de emergencia y el caso es redireccionado a la Secretaría Distrital de Ambiente para que haga una visita técnica y genere un acta de emergencia, autorizando al responsable de ejecutar la actividad.

 

8. ¿Quién se encarga de plantar los árboles en Bogotá?

Todas las plantaciones en espacio público deben ser concertadas con el Jardín Botánico, la entidad encargada de realizar la planificación y administración de los árboles jóvenes en la ciudad.

Las plantaciones en espacios públicos deben realizarse con los criterios técnicos definidos por la

entidad, el manual de coberturas vegetales, el manual de silvicultura para Bogotá y las directrices de ingreso de atributos al Sistema de Información para la Gestión del Arbolado Urbano (SIGAU) y demás instrumentos de planeación.

La plantación sin la asesoría del JBB puede incurrir en medidas preventivas y/o sanciones. Por lo tanto, si tienes un espacio para plantar, puedes postularlo al correo arborizacionurbana@jbb.gov.co o en la aplicación móvil Arbolapp (Arbolado Urbano SIGAU).

 

9. ¿La ciudadanía puede participar en las plantaciones del JBB?

Para participar en nuestras jornadas de plantación, la ciudadanía debe escribirnos al correo arborizacionurbana@jbb.gov.co, informando el lugar de residencia, datos de contacto y disposición de acompañarnos en las plantaciones.

Un profesional de la entidad se comunicará para informarle las programaciones de nuestras próximas jornadas de plantación. Adicionalmente, en nuestras redes sociales publicamos las actividades de plantación y mantenimiento que realizaremos.

En nuestra aplicación móvil Arbolapp (Arbolado Urbano SIGAU), se pueden postular zonas para plantación, las cuales visitaremos y verificaremos su viabilidad.

 

10. ¿Una persona puede plantar árboles sin autorización del Jardín Botánico?

Según el Decreto 531 de 2010 (modificado por el Decreto 383 de 2018), no es posible realizar plantaciones por parte de personas naturales sin la previa autorización del Jardín Botánico, ya que puede incurrir en la imposición de medidas preventivas y/o sanciones por parte de la Secretaría Distrital de Ambiente.

 

11. ¿Quién se encarga de podar los árboles en el espacio público de Bogotá?

La entidad encargada de realizar las podas es la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (UAESP), a través de las empresas de aseo.

En el caso de que el árbol presente interferencia con redes eléctricas, la encargada de realizar la poda es ENEL-CODENSA; lo anterior con aprobación por parte de la autoridad ambiental (Secretaría Distrital de Ambiente). La ejecución de podas en las rondas hídricas de ríos, quebradas y canales está a cargo de la EAAB.

Es importante aclarar que el Jardín Botánico no realiza podas aéreas al arbolado urbano en la ciudad; solo hace podas sanitarias en los procesos de manejo integrado de plagas y enfermedades.

 

12. ¿Quién se encarga de recoger los residuos y troncos de las talas? ¿Qué se hace con este material?

Los residuos generados en una tala por manejo del riesgo son recogidos por la UAESP a través de sus operadores de aseo.

Para los árboles talados por manejo del riesgo en espacio público, que son ejecutados por el JBB, el material de la tala es seccionado y chipeado (astillado), para luego ser reintegrado en la misma zona o convertido en compost para el enriquecimiento de futuros árboles a plantar.

 

13. ¿Quién se encarga del manejo de los árboles en espacio privado? ¿A dónde debe llamar la ciudadanía?

Los árboles en espacios privados son responsabilidad del dueño del predio. Sin embargo, las autorizaciones para el manejo de este arbolado son generadas por la Secretaría de Ambiente por solicitud del privado.

 

14. ¿La ciudadanía puede donar árboles para ser plantados en espacio público?

Si, pero estos árboles deben cumplir con ciertos requisitos, como haber sido manejados en vivero; estar dentro de un contenedor (matera, bolsa) y no en terreno; estar en espacio privado; que cumplan con las condiciones mínimas de sanidad; que sus raíces no estén entorchadas; entre otros.

Todo el material vegetal que la ciudadanía quiera donar será verificado por un técnico del JBB, quien establecerá si es viable la donación.

Si el árbol en predio privado se ha desarrollado dentro de una matera y sus raíces están entorchadas, no es apto para ser donado; si se llega a plantar en espacio público, este puede generar problemas y en un futuro hasta su posible volcamiento.

 

15. ¿A dónde puedo reportar varios árboles que necesitan poda y se convirtieron en una zona de inseguridad para la comunidad?

Si el árbol o arbusto tiene menos de dos metros, debe enviar un correo al JBB (arborizacionurbana@jbb.gov.co Para el caso de los árboles con alturas superiores, tiene que comunicarse con la UAESP para solicitar la poda del mismo.

 

16. ¿Qué tenemos que hacer para realizar una plantación en nuestra institución educativa? 

Enviar un correo al JBB arborizacionurbana@jbb.gov.co informando el objetivo de la plantación. Luego, los profesionales de la entidad programarán una visita al colegio para establecer la viabilidad de la actividad.

Cabe la pena mencionar que cualquier manejo del arbolado en los colegios del Distrito de la ciudad es responsabilidad de la Secretaría de Educación, con previa autorización de la SDA.

 

17. ¿El JBB dona árboles?

En el caso de que se requieran árboles para plantar en predios privados dentro del Distrito, se debe solicitar una visita técnica enviando un correo al JBB (arborizacionurbana@jbb.gov.co Los profesionales de la entidad visitarán la zona y revisarán la viabilidad de la plantación.

 

18. ¿Las empresas privadas pueden realizar plantaciones con el JBB?

Si. La empresa debe enviar un correo al JBB (arborizacionurbana@jbb.gov.co informando el objetivo y sitio de la plantación. Luego, nuestros profesionales programarán una visita técnica.

 

19. ¿El JBB regala o vende plántulas o semillas de árboles?

No. La venta de plántulas o semillas de árboles no hace parte de la misionalidad del JBB.

 

20. ¿Quién se encarga del manejo de los árboles en los humedales?

El manejo del arbolado en estos ecosistemas está a cargo de la Secretaría Distrital de Ambiente y la EAAB, entidades que se distribuyen la administración de estos ecosistemas.